3. Al recibo de la solicitud a que se refiere el apartado 1, la Parte requerida adoptará las medidas conducentes a obtener la detención del reclamado. La Parte requirente será informada del curso de su solicitud. Tal y como nos indican desde Chabaneix Abogados especialistas de extradiciones, existe la https://edwinouvtq.ampblogs.com/a-secret-weapon-for-extradición-méxico-españa-65485602